La Corte Suprema de Justicia de Argentina (CSJN) rechazó este viernes una demanda millonaria al Estado reclamada por una comunidad indígena, por la llamada 'masacre de Napalpí', ocurrida en 1924 en la provincia norteña de Chaco y considerada un crimen de lesa humanidad, informó Página/12.
El máximo tribunal, por unanimidad, hizo lugar a una apelación pese a que el propio Estado había desistido de ella después de que se realizara un juicio por la verdad que reconoció la existencia de la masacre tal y como la habían descrito sus denunciantes originales y sus herederos.
El 19 de julio de 1924, unos 500 indígenas de los pueblos Qom (también conocido como Toba) y Mocoit, que protestaban por los abusos que sufrían, fueron asesinados indiscriminadamente por la Policía y un grupo de colonos.
En su fallo, la Corte Suprema rechazó la demanda de 350 millones de pesos (cerca de un millón de dólares), bajo el argumento de que la entidad que reclama el resarcimiento, la Asociación Comunitaria Colonia La Matanza, no tiene legitimidad para hacerlo.
En la resolución, los magistrados cuestionaron el rol de la organización porque en su estatuto "no contiene ninguna mención a la comunidad indígena que pretende representar en el juicio, no hay referencias a su organización, a sus antecedentes históricos o a sus antepasados".
"La obligación de cumplir" con esos requisitos, dice la Corte, "adquiere una mayor relevancia si se tiene en cuenta que en el presente juicio se persigue una muy importante reparación pecuniaria para los integrantes de una etnia aborigen".
Los jueces del alto tribunal sostuvieron que "ni siquiera existe constancia" de que la Asociación Comunitaria Colonia La Matanza "esté integrada exclusivamente por personas de la etnia Toba".
No obstante, la CSJN aclaró que su decisión "no implica abrir juicio sobre la pretensión de fondo", es decir, sobre la legitimidad del reclamo de las víctimas de la masacre para que el Estado les reconozca el daño sufrido.
En noviembre de 2004, la Asociación Comunitaria Colonia La Matanza se presentó en nombre de estos pueblos originarios y reclamó al Estado nacional un resarcimiento por daños y perjuicios, lucro cesante, daño emergente y daño moral ocasionados por las fuerzas de seguridad en la matanza. Pero, por diversas trabas en la Justicia, el reclamo se demoró en los tribunales durante décadas.
Un juicio histórico
El 19 de abril de 2022 se inició el juicio "por la verdad" por la masacre de los indígenas de Napalpí. Se trató del primer proceso judicial en investigar como crímenes de lesa humanidad los delitos cometidos contra comunidades indígenas.
El juicio se realizó sin imputados, debido a que los responsables fallecieron. En total se celebraron siete audiencias, la mayoría de ellas en Resistencia, pero también en la localidad de Machagai, cercana a Napalpí, y en el Espacio Memoria y Derechos Humanos (exEsma), en Buenos Aires.
Durante el debate se escucharon los relatos grabados de sobrevivientes y los testimonios de sus descendientes, y se pudo reconstruir cómo se vivía en la reducción de Napalpí, como se denominaba a los lugares de confinamiento de indígenas.
En mayo, casi 98 años después, la Justicia argentina concluyó que existió responsabilidad del Estado y que constituyó un crimen de lesa humanidad.
En un veredicto histórico, que contó con traducción simultánea a las lenguas qom y moqoit, la jueza Zunilda Niremperger declaró probados los delitos de homicidio agravado y reducción a la servidumbre de las víctimas.
"La masacre provocó graves consecuencias, sufrieron el trauma del terror, el desarraigo, la perdida de su lengua y de su cultura", destacó.
Niremperger dispuso medidas de reparación en beneficio de las comunidades qom y moqoit, y ordenó al Estado realizar un acto público de reconocimiento de su responsabilidad con participación de las víctimas, así como la constitución de un museo y un sitio de memoria en el lugar de los hechos.
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