Corte Suprema de Perú dicta que la protesta ciudadana es un delito
El Tribunal Supremo del Perú emitió el martes un polémico fallo en el que determina que la protesta ciudadana es un delito aunque sea pacífica, al no estar reconocida en la Constitución ni en ninguna otra normativa legal, en momentos de gran tensión social en el país andino.
En la sentencia, divulgada por la prensa local, la Sala Penal de la Corte Suprema afirma que la única protesta legítima es la huelga de hambre. Para los trabajadores, también es válida la huelga laboral.
Otro tipo de manifestación, aunque sea pacífica, "que afecte derechos de terceros o el sistema económico, degrada y deslegitima irremediablemente la protesta y se convierte en un delito".
🚨URGENTESentencia de la Sala Penal de la Corte Suprema que preside el juez César San Martín viola los estándares internacionales de protección del Derecho a la Protesta al equiparar bloqueo de carreteras con violencia🧵(1/7) pic.twitter.com/mNKGkus7pB
— CNDDHH 🇵🇪 #NiUnMuertoMás (@cnddhh) May 17, 2023
El veredicto, que también afirma que bloquear carreteras o vías en las protestas será un agravante del delito, responde a un proceso penal contra unos campesinos que fueron detenidos en el 2016 por manifestarse contra un proyecto minero.
"Si los ciudadanos estiman que no son suficientes sus reclamos, o que, en todo caso, no existe recepción de parte de las autoridades, o que los espacios de diálogo son ineficaces o inexistentes, están autorizados a acrecentar la vehemencia de dichos reclamos, siempre que ello repercuta en la esfera personal de derechos del protestante (verbigracia: huelga laboral o huelga de hambre) y no transgreda derechos fundamentales de terceros ajenos al conflicto social", reza la sentencia.
"Viola los estándares internacionales"
Las organizaciones no gubernamentales no tardaron en responder con indignación al fallo.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) denunció que la sentencia "viola los estándares internacionales de protección del derecho a la protesta al equiparar bloqueo de carreteras con violencia" y recordó que "la protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas".
Además, la CNDDHH aseguró que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) "ha señalado en reiteradas ocasiones que, en una democracia, las vías públicas son un espacio para el ejercicio de la libertad de expresión, y no solo un espacio de tránsito".
La sentencia se da en momentos de gran tensión social ante la destitución forzada y encarcelamiento en diciembre del entonces mandatario izquierdista Pedro Castillo y la negativa del gobierno interino de Dina Boluarte y de los congresistas de convocar nuevas elecciones.
El cese de Castillo desató una ola de violentas protestas que se saldaron con casi 70 muertes, de las cuales, 49 fueron de civiles que chocaron con fuerzas de seguridad pública.
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