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Por qué dos exjefes paramilitares en Colombia tienen una oportunidad de acogerse a la Justicia de Paz

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Ambos deben demostrar que fueron la "bisagra" entre esos grupos al margen de la ley y los cuerpos de seguridad del Estado.
Por qué dos exjefes paramilitares en Colombia tienen una oportunidad de acogerse a la Justicia de Paz

El excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Salvatore Mancuso, y el exjefe del Bloque Norte de esa organización de extrema derecha, Rodrigo Tovar Pupo, alias 'Jorge 40', podrán ser juzgados por la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) si demuestran que fueron un punto de conexión entre el paramilitarismo y el aparato militar estatal.

En una rueda de prensa de este miércoles, Eduardo Cifuentes, presidente de ese mecanismo transicional de Justicia surgido tras el Acuerdo de paz, leyó un comunicado de la Sección de Apelación, que les da una "última oportunidad" de acogerse a ese Tribunal de paz a Mancuso y a Tovar Pupo.

A pesar de que los comandantes paramilitares por definición no tienen cabida en la Justicia de Paz, se concluyó que si ponen sus grupos armados al servicio de la Fuerza Pública, pueden evadir la exclusión y comparecer ante esos tribunales especiales.

El caso Mancuso

Cifuentes informó que la Sección de Apelación confirmó la decisión en primera instancia de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de rechazar la solicitud presentada por Mancuso, de ser considerado tercero civil.

Los terceros civiles son las personas que, sin formar parte de grupos armados, contribuyeron de manera directa o indirecta a la comisión de delitos en el marco del conflicto armado.

En el caso de Mancuso existe una "concluyente evidencia" de que es un paramilitar "confeso", y que lo fue incluso antes de la fundación de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), surgidas en 1994 y lideradas por Carlos Castaño, exsicario del capo de la droga Pablo Escobar.

El exjefe de las AUC tampoco pudo acogerse a la clasificación de "agente estatal de facto", debido a que no ejerció de forma continua y subordinada una función orgánica en el Ejército o la Policía mientras lideraba los grupos paramilitares que operaban en el departamento de Córdoba.

La denominación que le corresponde, según la Sección de Apelación, es la de 'sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública', lo que implica que se comportó como una "bisagra o punto de conexión entre los aparatos militar y paramilitar".

Para demostrar que cumplió ese rol, el excomandante de las AUC debe ir a una audiencia única de verdad plena en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. En esa comparecencia se decidirá si se somete a ese mecanismo de Justicia transicional.

A Mancuso se le señala de ser el "máximo responsable de graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH)", según la JEP.

En 2008 fue deportado a EE.UU. y desde 2015, cuando cumplió su condena por narcotráfico en ese país, esperó por su deportación a Italia, lo que no tuvo éxito. Actualmente, ha manifestado su disposición de volver a Colombia.

'Jorge 40'

La Sección de Apelación revocó el auto de primera instancia de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, que había rechazado el sometimiento a la JEP de 'Jorge 40' como 'antiguo integrante y comandante paramilitar'.

La Sala había ordenado continuar con el estudio de su postulación considerando los delitos que habría cometido antes de ingresar al Bloque Norte de las AUC, mientras era civil y empresario financista de grupos paramilitares.

La Sección de Apelación determinó que la Sala no precisó el momento exacto cuando Tovar Pupo pasó de civil colaborador a miembro de las AUC y concluyó que, si bien no es un 'antiguo integrante y comandante paramilitar', no se determinó si podría cumplir el rol de 'sujeto incorporado funcional y materialmente a la Fuerza Pública', tal como Mancuso.

'Jorge 40' también deberá asistir a una audiencia única de verdad plena para determinar si se acoge o no a la JEP.

El exjefe paramilitar es señalado de cometer miles de delitos, entre asesinatos, masacres y secuestros durante 12 años seguidos en los departamentos nororientales de Cesar, Magdalena, La Guajira, Atlántico y Santander.

En 2008 fue extraditado a EE.UU. donde pagó 12 años de cárcel por delitos relacionados con el narcotráfico. En Colombia está privado de libertad y es procesado por casi 1.500 investigaciones penales que lo involucran en masacres, desplazamientos, torturas y desapariciones.

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